Derecho de visitas para los abuelos. Sentencia del Tribunal Supremo de 20/10/11
El Tribunal Supremo se pronuncia una vez más sobre el derecho de visitas abuelos-nietos y reitera que ambos tienen derecho a relacionarse, pues, además de ser beneficioso para ellos, es un derecho-deber reconocido en el art. 160 del Código Civil. Este precepto, "a sensu contrario", permite denegar estas relaciones cuando concurra justa causa, entendiendo por tal aquella que afecte al interés del menor.